I.2. Petitorio
3.Planteado el recurso de casación de fs. 320, fue admitido por esta Sala Civil con Auto Supremo 839/2017-RA de 15 de agosto, correspondiendo su resolución en el fondo.
CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
En su recurso de casación, Alejandro Núñez Forero señaló que la resolución impugnada ha confirmado la sentencia de primera instancia, sin analizar los fundamentos expuestos en el recurso de apelación, en nueve puntos, vulnerándose el debido proceso porque en la sentencia no se valoró la totalidad de la prueba y concedió derechos sobre su inmueble, cuando declaró probada en parte la demanda sobre una superficie que transfirió y en la que no estuvo en posesión y le concedió parte de su inmueble sobre la esquina donde realmente se encuentra su inmueble.
El Auto de Vista no analizó el recurso de apelación en sus nueve puntos, porque no se tomó en cuenta que en el punto seis, reclamó que el demandante confesó que el inmueble le fue entregado por Esmidio Roncales con su autorización el año 2010, y tampoco toma en cuenta la autorización expresada el año 2010, después del desapoderamiento de los loteadores porque el inmueble se encontraba desocupado y posteriormente, volvió a vivir con su autorización verbal.
I.2. Petitorio
- CONSIDERANDO I
- El 27 de mayo de 2016, el Juez Primero de Partido y de Sentencia de
- El Tribunal de apelación consideró que el demandante estuvo en posesión pacífica por más de
- I.2. Petitorio
- El demandado Edwin Coca Choquechambi, contestó el recurso de casación en los términos que cursan
- Pidió se declare improcedente el recurso
- Se entiende como fundamentación, a la obligación de la autoridad que lo emite de citar
- Ahora bien, la jurisprudencia constitucional en la Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 1621/2013 de 4 de
- CONSIDERANDO IV
- 6
- 8
- Los antedichos agravios, evidentemente no fueron siquiera mencionados en la resolución de apelación, toda vez
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
