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    Auto Supremo AS/0588/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0588/2018

    Fecha: 28-Jun-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I
    • Resolución que fue recurrida de apelación por Carlos Ojopi Steiner en el otrosí del memorial
    • Contra la referida determinación de fs
    • CONSIDERANDO II
    • 1
    • 2
    • 3
    • 4
    • II.2 Del recurso de casación de Carlos Ojopi Steiner de fs. 504 a 505 vta
    • Solicitando en definitiva anular obrados
    • Contestación al recurso de casación (de fs. 499 a 502) Carlos Ojopi Steiner
    • El recurso de casación es improcedente, partiendo de la idea que los recurrentes no habrían
    • Señalan que los argumentos del recurrente son falsos, sobre todo porque no precisa donde
    • CONSIDERANDO III
    • Sobre el tema el art
    • II
    • III.2. De la nulidad en segunda instancia por incongruencia en la sentencia
    • Tomando como parámetro lo referido, ante la existencia de una resolución de primera instancia incongruente
    • Lo expuesto tiene su sustento en la búsqueda del fin principal de la administración de
    • CONSIDERANDO IV
    • Del contexto de los reclamos vertidos en el recurso de casación en la forma por
    • Del examen del citado Auto de Vista Nº 82/2017 de fecha 20 de febrero, se
    • Al respecto cabe señalar, si bien el razonamiento para determinar la nulidad por parte del
    • Consiguientemente, corresponde referir que de acuerdo a lo delineado por este Tribunal en diferentes fallos
    • De lo expuesto se advierte que la razón que dio lugar a que el Tribunal
    • En conclusión y como ya se señaló supra, al constituirse el Tribunal de Apelación en
    • Por lo expuesto, corresponde emitir resolución conforme a lo establecido en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • En aplicación del art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Olvis Egüez Oliva

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