Auto Supremo AS/0375/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0375/2018

Fecha: 27-Jul-2018

El DS

Respecto a los periodos 05/72, 07/72 a 11/72 y 11/75 a 11/78, no se encuentran con planillas y no se aplica normativa supletoria ordinaria vigente, debido a que en el expediente no existe documentación de suficiente respaldo, en el cual se evidencie aportes efectivamente realizados al Seguro Social de Largo Plazo, así mismo no cumple con los lineamientos establecidos en la R.A. Nº 822.05 de 21 de noviembre de 2005, ya que la documentación no concuerda con el pie de firma de los responsables que emitieron estos documentos.
El DS. Nº 27543 de 21 de mayo de 2004, no puede aplicarse en el presente caso, debido a que la modalidad extraordinaria, es aplicable solo en los casos en los que no existen planillas o no se encuentren las mismas únicas y exclusivamente, tampoco se cuente con ninguna otra documentación que reconozca una certificación ordinaria en los archivos del Área de Certificación y Archivo Central de SENASIR, así mismo se efectivice que el afiliado estuvo o este afiliado al Seguro Social de Largo Plazo, como las planillas de la empresa minera ERICH HOCHHAUSER, que no cuenta al ahora apelante, y de la empresa minera ALAMEDA LTDA, que consigna su nombre pero no identifica sus aportes