De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 37/2017 de 23 de agosto (fs. 114 a 120), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Fransk Justiniano Masabi, autor y culpable de la comisión del delito de violación a Infante, Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis del CP, imponiendo la pena de veinte años de presidio, más el pago de costas a calificarse en ejecución de sentencia.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Fransk Justiniano Masabi interpuso recurso de apelación restringida (fs. 134 a 142 vta.), que fue resuelto por Auto de Vista 02 de 3 de enero de 2018, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes las apelaciones tanto restringida como incidental; por ende, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 20 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 9 de febrero de 2018 (fs
- Del memorial de recurso de casación se tiene que, el recurrente, denuncia la vulneración del
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto del primer motivo, cuestionando la motivación del Auto de Vista impugnado, el recurrente señala
- Con relación al segundo motivo el recurrente señala que, en el sexto considerando, el Tribunal
- Al respecto, el recurrente al individualizar las pruebas que supuestamente fueron revalorizadas por el Tribunal
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
