Auto Supremo AS/0511/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0511/2018-RA

Fecha: 13-Jul-2018

El art


El recurrente haciendo referencia a los agravios sufridos por el Auto de Vista, ampara su recurso de casación, en los siguientes aspectos: i) Acusa vulneración del derecho al debido proceso en su elemento de derecho a resoluciones debidamente fundamentadas, argumentando que como primer motivo de apelación restringida denunció el defecto circunscrito en el art. 370 inc. 11) del CPP, relativo a la incongruencia entre la Sentencia y la acusación fiscal como particular, expresando que el recurrente fue acusado por ambas acusaciones de un hecho de violencia familiar acaecido el 1 de octubre de 2015, sin embargo el a quo modificó la relación fáctica en su elemento temporal condenándolo por hechos acontecidos del 1 de noviembre de 2015; sin embargo, el Tribunal de alzada a momento de anular la Sentencia concluyó que se habría vulnerado el art. 342 del CPP, y no así el art. 362 del mismo cuerpo legal relativo a la congruencia, sin fundamentar o motivar las razones del porqué no se hubiese vulnerado el principio de congruencia penal, a tal efecto cita como precedente el Auto Supremo 44/2014-RRC de 20 de febrero, referente a los parámetros de la debida fundamentación o motivación de un fallo judicial.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP