Auto Supremo AS/0511/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0511/2018-RA

Fecha: 13-Jul-2018

Sobre el particular, con relación a la primera parte del motivo referente a que el


Como primer motivo, la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva y falta de fundamentación al resolver el primer motivo de la apelación restringida del imputado, debido a que no habría citado ni fundamentado la violación del arts. 342 del CPP; sin embargo, de oficio el Tribunal de apelación consideró que el Juez de origen infringió dicho artículo, constituyendo tal situación en defecto absoluto, afectando la integralidad de la Sentencia, sin precisar ni explicar cuál de las vertientes del debido proceso serían afectadas, qué derechos serían lesionados o de qué manera se afectaría la integralidad del fallo, consecuentemente sin fundamento anula la Sentencia. Asimismo, argumenta, que la violación de dicha disposición (en ningún caso el Juez o Tribunal podrá incluir hechos no contemplados en las acusaciones) podría ocurrir en el Auto de apertura de juicio oral y no en la Sentencia. A tal efecto invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 26/2013 de 8 de febrero.

Sobre el particular, con relación a la primera parte del motivo referente a que el Tribunal de alzada hubiese de forma extra petita expresado la violación del art. 342 del CPP, la impetrante no señala de forma clara, ni fundamenta la contradicción con el precedente invocado, confundiendo además dicho agravio con el vicio de la incongruencia omisiva, siendo aspectos distintos, incumpliendo los requisitos previstos para su admisión