Auto Supremo AS/0518/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0518/2018-RA

Fecha: 13-Jul-2018

Manifiesta que el Auto de Vista recurrido, en su segundo punto carece de fundamentación; aspecto


Manifiesta que el Auto de Vista recurrido, en su segundo punto carece de fundamentación; aspecto que, infringe el debido proceso en su vertiente fundamentación y acceso a la justicia, respecto a sus reclamos concernientes a: i) Que, no se llevó adelante una audiencia de revocación de medidas cautelares, alegando el Tribunal de alzada que no se infringió el art. 11 del CPP y menos los arts. 373 y 374, de la norma señalada al no efectuarse la audiencia de revocación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, por el hecho de que el Ministerio Público solicitó el procedimiento abreviado; fundamento que le resulta contradictorio y carente de fundamentación, que infringe el derecho al debido proceso y acceso a la justicia, concurriendo el art. 169 inc. 3) del CPP; puesto que, afirma, que no puede dejarse de lado lo previsto por el art. 247 inc. 1) del CPP; ya que, la revocación de medidas sustitutivas a la detención preventiva es de cumplimiento obligatorio, que al no haberse cumplido y efectuado por no encontrase la sentencia ejecutoriada e incluso de haberse dado la suspensión condicional de la pena, las medidas sustitutivas se cumplen hasta que la sentencia este ejecutoriada, por lo que considera que era necesario llevar adelante la audiencia de revocación de medidas cautelares; y, ii) Que, su parte se opuso al procedimiento abreviado; alegando el Tribunal de alzada, que se dio cumplimiento a lo determinado por los arts. 373 y 374 del CPP, fundamento que le resulta insuficiente; puesto que, no consideró que el Tribunal de mérito no le dio valor al informe del investigador al caso que señaló que el imputado no tenía licencia de conducir, constituyendo defecto absoluto, que vulnera el debido proceso en su vertiente igualdad, debida fundamentación y el principio de legalidad