Por memorial presentado el 4 de enero de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 534/2018-RA
Sucre, 13 de julio de 2018
Expediente: La Paz 37/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Mario Choque Ramírez
Delitos : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de enero de 2018, cursante de fs. 605 a 613, Mario Choque Ramírez interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 39/2017 de 16 de agosto, de fs. 577 a 587 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, la Universidad Mayor de San Andrés representada por Elizabeth Lourdes Alba Balboa y el Ilustre Colegio de Abogados de La Paz representado por Raúl Jiménez Sanjinéz contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 534/2018-RA
Sucre, 13 de julio de 2018
Expediente: La Paz 37/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Mario Choque Ramírez
Delitos : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de enero de 2018, cursante de fs. 605 a 613, Mario Choque Ramírez interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 39/2017 de 16 de agosto, de fs. 577 a 587 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, la Universidad Mayor de San Andrés representada por Elizabeth Lourdes Alba Balboa y el Ilustre Colegio de Abogados de La Paz representado por Raúl Jiménez Sanjinéz contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 4 de enero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, Elizabeth Lourdes Alba Balboa en representación legal de la Universidad Mayor
- Por diligencia de 30 de noviembre 2017 (fs
- II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- El recurrente en su único motivo haciendo una remembranza de los agravios planteados en el
- Considerando estos aspectos, primeramente es preciso señalar que si bien el recurrente refiere que el
- Por otra parte como segundo aspecto, denuncia que el Auto de Vista impugnado, al momento
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
