ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo el recurrente señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado; es decir, este requisito constituye una carga procesal para el recurrente de efectuar la debida fundamentación sobre la existencia de precedentes contradictorios entre la resolución judicial impugnada con otros precedentes consistentes en Autos Supremos emitidos por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia o Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia; los cuales deberán ser expuestos de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos; especificando en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida
- Por memorial presentado el 14 de noviembre de 2017, cursante de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
- El defecto de sentencia de insuficiencia de fundamentación descriptiva, intelectiva y probatoria, se denuncia que
- La Sentencia basa su decisión en hechos inexistentes, ya que la misma tiene basamentos no
- Que se utiliza en la Sentencia las declaraciones de los acusados como teoría fáctica, empleándose
- La inexistencia de motivación, la Sentencia no cuenta con fundamentación jurídica, suple la exigencia de
- La violación del sistema de garantías constitucionales procesales penales, se aplica para uno de los
- La reserva de apelación restringida en lo que respecta a los incidentes y excepciones presentados
- Remitiéndose a las actas de audiencia de juicio, pide se controle el respeto a los
- La insuficiente prueba de cargo para la condena, pide control de la valoración de la
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En lo pertinente a los demás requisitos que hacen la admisión del recurso de casación,
- i
- No corresponde a la Sala Penal, supliendo la actividad que la regulación del recurso de
- ii
- Para el contexto del recurso de casación, debe tenerse presente su condición de extraordinario, tanto
- iii
- En el caso de autos se trata del segundo recurso de casación que el impetrante
- No es razonable que por el método de «copiar y pegar» que facilita el uso
- Lo expuesto no sólo enlaza con los defectuosos términos en que fueron formuladas las pretensiones
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
