Las falencias advertidas en el motivo en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas
Las falencias advertidas en el motivo en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni con las meras referencias de vulneración al debido proceso o la presunta concurrencia de defectos absolutos cómo se observa en el presente caso, asimismo a efectos de ingresar al fondo del agravio vía flexibilización, la recurrente tenía la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en el acápite anterior de la presente Resolución, mismos que fueron omitidos, pues se limita a expresar vulneraciones de derechos, sin efectuar mayor argumentación al no fundamentar de forma clara y concreta su petición, ni señalar en que consistiría la restricción o disminución de las citadas garantías y menos explica el resultado dañoso emergente, derivando en que el agravio resulte inadmisible, aún de manera extraordinaria
- Por memorial presentado, el 22 de marzo de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del presente recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente agravio
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el Auto de Vista impugnado fue notificado
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- En cuanto al único motivo la recurrente expresa que el Tribunal de alzada vulneró el
- Al respecto, analizados los agravios vertidos por la recurrente, se evidencia que no se precisa
- Las falencias advertidas en el motivo en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
