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4. Manifestó que las partes suscribientes de la Escritura Publica N° 417/2015 de 26 de junio, son Hugo Becerra Cabral y Walder Fernando Quiroz Hollweg, y en la demanda de cumplimiento y reconvención por anulabilidad el demandante es Walder Fernando Quiroz Hollweg y los demandados y reconvenistas son Marlene Cabral Suarez y Hugo Becerra Cabral, en el procedimiento se denominan la justas partes, así también los terceros en materia Procesal Civil, son ajenos al proceso y para ingresar se tiene que constituir en terceristas excluyentes; coadyuvantes y de derecho preferente, teniendo que si el demandante es el contratante no existiría tercer perjudicado
- Proceso: Cumplimiento de contrato y otros
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- De la revisión de antecedentes, se tiene que Marlene Cabral Suarez, representada por Pimpa Cabral
- En el caso de autos los recurrentes tienen legitimación procesal, en razón de haber sido
- 1
- 3
- 4
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
