Auto Supremo AS/0628/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0628/2018-RA

Fecha: 10-Jul-2018

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, hechos que hacen admisible la consideración de dicho medio de impugnación, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISION de los recursos de casación, el primero de fs. 253 a 259 vta., interpuesta por Marlene Cabral Suarez, representada por Pimpa Cabral de Pasten y el segundo de fs. 261 a 267 y vta., interpuesto por Hugo Eduardo Becerra Cabral, contra el Auto de Vista Nº 23/2018 de 23 de marzo, cursante de fs. 244 a 246, pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz de la Sierra.
En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.