Del análisis del recurso de casación se tiene que los dos primeros reclamos invocados observan
En el sub lite se puede advertir que una vez notificadas las partes con la Sentencia de fs. 105 a 110 vta., únicamente planteó recurso de apelación contra la Sentencia, la demanda Gregoria Tarqui Choque Vda. de Tola de fs. 112 a 113, resuelto por AV 68/2018 de fs. 134 a 139 vta. De la cita de antecedentes se desprende que el ahora recurrente no interpuso recurso de apelación contra la Sentencia, de modo que conforme a las reglas expuestas supra carece de legitimación procesal al no haber activado oportunamente el recurso correspondiente, pues la normativa es clara al expresar que el recurso de casación será improcedente cuando -la o el recurrente no hubiera intervenido en las instancias anteriores- art. 220.I núm. 5 del Código de Procesal Civil, corresponde emitir resolución conforme determina el art. 220.I núm. 5 de la Ley 439
IV.2. Del recurso de casación de Gregoria Tarqui Choque Vda. de Tola.
Del análisis del recurso de casación se tiene que los dos primeros reclamos invocados observan los argumentos sustentados en la sentencia, relativos a la falta de valoración de la prueba de fs. 72 a 79 y la falta de inclusión de la Litis
IV.2. Del recurso de casación de Gregoria Tarqui Choque Vda. de Tola.
Del análisis del recurso de casación se tiene que los dos primeros reclamos invocados observan los argumentos sustentados en la sentencia, relativos a la falta de valoración de la prueba de fs. 72 a 79 y la falta de inclusión de la Litis
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Haciendo una reseña cronológica de todos los antecedentes del proceso, sobre todo haciendo hincapié en
- 1
- 2
- 3
- II.3. Contestación al recurso de casación de fs. 169 a 170
- Si bien el recurrente adjuntó certificación emitida por el presidente de Zona, empero esa certificación
- CONSIDERANDO III
- El recurso de casación, a través de la doctrina y jurisprudencia, ha sido definido
- No debe dejarse de lado que a partir de la vigencia de la actual Constitución
- Partiendo de este criterio, y encontrándose en vigor el principio de verdad material que influye
- En ese orden , el recurso de casación por su carácter de extraordinario, vertical y
- a)El plazo para su interposición (art
- b)El tipo de resolución que se impugna pues, si bien se encuentra establecido en el
- b)Contra una resolución que disponga una nulidad procesal, en cuyo caso no es viable interponer
- d)Falta de legitimación por no tratarse de un derecho propio, que no debe confundirse con
- CONSIDERANDO IV
- IV.1. Del recurso de casación de Leoncio Tola Tarqui
- Antes de ingresar al análisis del recurso de Leoncio Tola Tarqui, es menester reiterar
- Del análisis del recurso de casación se tiene que los dos primeros reclamos invocados observan
- Como tercer reclamo precisó que la autoridad de primera instancia aplicó erróneamente el art
- Conforme determina el art. 220.I núm. 2) y 4) del Código de Procedimiento Civil
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
