2
2. Notificados tanto el demandante Nicolás Guzmán Acuña como el demandado Jacob Coimbra Cartagena con la Sentencia, impugnan dicha resolución mediante recursos de apelación cursantes de fs. 508 a 505 vta. y de fs. 509 a 513 vta., que fueron resueltos por Auto de Vista Nº 64/2018 de 2 de marzo, cursante de fs. 554 a 558 vta., que en su parte dispositiva declara inadmisible el recurso de apelación interpuesta por Jacob Coimbra Cartagena de fs. 508 a 505 vta., por falta de agravios y revoca parcialmente la Sentencia en cuanto al recurso de apelación interpuesto por Nicolás Guzmán Acuña de fs. 554 a 558 vta
- Partes: Nicolás Guzmán Acuña
- Proceso: Usucapión
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- En el marco de lo preceptuado en el art
- II.1. De la resolución impugnada
- II.2 Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3 De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, el recurrente al haber sido notificado con la resolución de
- El Tribunal de segunda instancia manifiesta que no se ha demostrado los agravios que sufrió
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
