II.2 Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
En Autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación a los recursos de apelación presentados tanto por el demandante como por el demandando contra la Sentencia que declaró probada en parte la demanda de usucapión e improbada la acción reconvencional de reivindicación y acción negatoria e improbados los argumentos señalados por el Defensor de Oficio de fs. 119 vta., por consiguiente, se encuentra dentro de la previsión contenida en el art. 270 del Código Procesal Civil.
II.2 Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
II.2 Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- Partes: Nicolás Guzmán Acuña
- Proceso: Usucapión
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- En el marco de lo preceptuado en el art
- II.1. De la resolución impugnada
- II.2 Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3 De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, el recurrente al haber sido notificado con la resolución de
- El Tribunal de segunda instancia manifiesta que no se ha demostrado los agravios que sufrió
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
