Auto Supremo AS/0693/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0693/2018

Fecha: 23-Jul-2018

CONSIDERANDO IV

CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
De la revisión de los recursos de casación planteados por Carlos Fabricio Flores Sandoval de fs. 510 a 514 y la respuesta afirmativa de Walter Campos Puente de fs. 517 a 519, se establece que con relación a la nulidad dispuesta en la resolución impugnada en el recurso se expresaron los siguientes agravios:
i.Violación, interpretación errónea y aplicación indebida del art. 17 de la Ley del Órgano Judicial, porque no estipula que los tribunales puedan revisar de oficio el cumplimiento de las formas procesales porque únicamente pueden pronunciarse sobre los reclamos de las partes.
ii.Violación, vulneración y quebrantamiento de los arts. 105, 106, 107 y 108 del Código Procesal Civil, porque se determinó una nulidad que nadie solicitó y además, la supuesta falta de firma no está prevista como causal de nulidad de obrados y, porque además, dicho acto fue convalido cuando todas las partes asistieron a la audiencia preliminar