Auto Supremo AS/0697/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0697/2018

Fecha: 23-Jul-2018

Manifestó en cuanto al primer recurso planteado que, los elementos expuestos no desvirtúan los fundamentos

3. Apelada la Sentencia por la codemandada Juana Quiche Mercado Zabala de fs. 175 a 178, el 20 de junio del 2017, la Sala Civil Comercial, Familiar y/o Niñez o Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 115/2017 cursante a fs. 245 a 246 y vta., que Anula obrados hasta el Auto de admisión de fs. 54. Bajo el siguiente fundamento:
Manifestó en cuanto al primer recurso planteado que, los elementos expuestos no desvirtúan los fundamentos jurídicos expuestos en el Auto de 21 de julio de 2016, limitándose a señalar que la autoridad no tenía competencia para anular obrados, que el proceso tenía calidad de cosa juzgada; empero, no explica y fundamenta cómo es que la resolución impugnada vulnera derechos fundamentales concluyendo que el recurso de apelación carece de expresión de agravios, por lo que no se encuentra abierta su competencia conforme al art. 265-1) del Código de Procedimiento Civil