Auto Supremo AS/0234/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0234/2018

Fecha: 10-Ago-2018

Es decir, que de los puntos expuestos como agravios, se puede establecer que el recurso

Que, en el presente caso, se ha demostrado y confesado por la empresa demandada que los horarios de las demandantes son de oficina de 8 a 12 por las mañanas y de 14:30 a 18:00 por las tardes, incluyendo los sábados en las mañanas por lo que no existe un trabajo u horario que esté dentro de lo determinado en la segunda parte del art. 46 de la LGT, existiendo en consecuencia más bien, una jornada ordinaria de trabajo..”
En síntesis podemos indicar dentro del caso concreto, que, de la lectura del agravio supuestamente sufrido, se puede establecer que no es evidente la interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley, más al contrario existe amplia fundamentación al respecto, tal cual se evidencia por la transcripción (líneas arriba) de la parte en la que las autoridades recurridas hacen una adecuada fundamentación, guardando la debida congruencia entre lo peticionado y lo resuelto; así determina el A.S. Nº 129, de 19 de abril de 1995, Sala Civil II., “….El recurso de casación resulta infundado no solo porque las leyes acusadas no han sido violadas por el tribunal de apelación, sino también cuando de la revisión del proceso, en justicia corresponde que así sea determinado por la autoridad jurisdiccional…”
Por los argumentos expuestos líneas arriba, se concluye que no es evidente el agravio expuesto por la parte recurrente, con relación a este punto.
II.3.- El Auto de Vista, contiene error en la apreciación de la prueba, ya que no toma en cuenta la validez probatoria de los medios de prueba desarrollados en el proceso.
Cabe aclarar que la parte recurrente no ha cumplido con lo establecido en el art. 274 numeral 3 de la Ley 439, es más ni siquiera menciona en cuál de las causales establecidas en el art. 271 del mismo cuerpo legal funda el agravio sufrido.
Es decir, que de los puntos expuestos como agravios, se puede establecer que el recurso no cuenta con la fundamentación y motivación debida, como tampoco adjunta documentación que demuestre o sustente los agravios supuestamente sufridos