En cumplimiento del artículo 223-VIII del CPC-2013, aplicable al caso, por mandato del artículo 252
En cumplimiento del artículo 223-VIII del CPC-2013, aplicable al caso, por mandato del artículo 252 del CPT, se imponte costas y multa para el compulsante, en la suma de Bs. 100.- (Cien Bolivianos 00/100), a favor del Tesoro Judicial, de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento de Multas Procesales del Órgano Judicial, importe que mandará pagar el Tribunal ad quem
- Demandante:Empresa Unipersonal Cyan Editora
- I.- Argumentos del recurso de compulsa
- Refiere el compulsante, que el Auto de 29 de junio de 2018, por el cual
- De la revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa, se evidencia lo siguiente
- En el caso presente se alega que se hubiese negado de manera indebida el recurso
- Sin embargo, analizando los antecedentes del expediente, este Tribunal, no encuentra fundados los motivos traídos
- En conclusión se establece, que si bien el Tribunal de alzada, incurrió en errónea aplicación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- En cumplimiento del artículo 223-VIII del CPC-2013, aplicable al caso, por mandato del artículo 252
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.
