Refiere el compulsante, que el Auto de 29 de junio de 2018, por el cual
Refiere el compulsante, que el Auto de 29 de junio de 2018, por el cual se rechazó el recurso de casación planteado, sustentó su decisión sin considerar la normativa vigente, siendo que la indicada norma es inaplicable al caso de autos
- Demandante:Empresa Unipersonal Cyan Editora
- I.- Argumentos del recurso de compulsa
- Refiere el compulsante, que el Auto de 29 de junio de 2018, por el cual
- De la revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa, se evidencia lo siguiente
- En el caso presente se alega que se hubiese negado de manera indebida el recurso
- Sin embargo, analizando los antecedentes del expediente, este Tribunal, no encuentra fundados los motivos traídos
- En conclusión se establece, que si bien el Tribunal de alzada, incurrió en errónea aplicación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- En cumplimiento del artículo 223-VIII del CPC-2013, aplicable al caso, por mandato del artículo 252
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.
