Auto Supremo AS/0416/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0416/2018

Fecha: 17-Ago-2018

Se debe puntualizar también que es evidente que en las consultorías, se acuerdan contractualmente las

Se debe puntualizar también que es evidente que en las consultorías, se acuerdan contractualmente las remuneraciones, y se supondría que dentro de éstas estaría incluido el subsidio de frontera, siempre y cuando así se establezca de manera expresa; empero, este hecho no se aplica al caso presente porque -conforme se tiene señalado- no se ha acreditado documentalmente que respecto del actor se hubiesen suscrito contratos de consultoría