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    Auto Supremo AS/0633/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0633/2018-RA

    Fecha: 07-Ago-2018

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    • Por memorial presentado el 30 de abril de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Por diligencia de 23 de abril de 2018 (fs
    • II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
    • Aduce que no hubo pronunciamiento alguno al agravio por la vulneración al principio de Concentración
    • Denuncia que el Tribunal de alzada respecto al reclamo de que la Sentencia se basó
    • La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado en relación al agravio de
    • Denuncia, que el Auto de Vista recurrido incurrió en incongruencia omisiva en cuanto a que
    • Aduce que el Tribunal de alzada respecto al reclamo de la errónea aplicación de la
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
    • La parte recurrente en el motivo primero, denuncia que el Auto de Vista impugnado carece
    • Como segundo motivo, refiere que el Auto de Vista impugnado adolece de incongruencia omisiva, vulnerándose
    • Denuncia como motivo tercero, que el Auto de Vista impugnado padece de incongruencia omisiva, ya
    • En el cuarto motivo, aduce que en el Auto de Vista impugnado existe incongruencia, que
    • En el quinto motivo, denuncia que en el Auto de Vista impugnado existe incongruencia, ya
    • Como sexto motivo, refiere el recurrente que el Auto de Vista impugnado adolece de incongruencia
    • En el séptimo motivo, denuncia que en el Auto de Vista impugnado existe incongruencia, por
    • Al respecto, resulta objetivamente evidente, la falta de técnica recursiva atribuible al recurrente en la
    • Ahora bien, en relación a los motivos primero, tercero, cuarto, quinto y séptimo esta Sala
    • En cuanto se refiere al segundo motivo, se establece que la parte recurrente reclama la
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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