Auto Supremo AS/0633/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0633/2018-RA

Fecha: 07-Ago-2018

Ahora bien, en relación a los motivos primero, tercero, cuarto, quinto y séptimo esta Sala


Ahora bien, en relación a los motivos primero, tercero, cuarto, quinto y séptimo esta Sala Penal evidencia que la parte recurrente refirió la existencia de defectos absolutos conforme al art. 169 inc. 3) del CPP; al hallarnos ante una potencial situación de flexibilización, es preciso examinar si la parte impetrante cumplió con los requisitos de admisibilidad y permisibilidad; este Tribunal advierte que se limitó a proveer los antecedentes de los hechos generadores del recurso; empero, al limitarse a señalar la existencia de defectos absolutos conforme al art. 169 inc. 3) del CPP, no cumple con los demás requisitos de admisibilidad y permisibilidad de activar el recurso de casación ante la denuncia de defectos absolutos, o sea, no precisó el derecho constitucional vulnerado, no detalló con precisión en qué consistente la restricción o disminución del derecho y tampoco explicó el resultado dañoso emergente del defecto, razón por la que los referidos motivos son inadmisibles