Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
Firmado
Magistrado Presidente Dr. Olvis Eguez Oliva
Magistrado Dr. Edwin Aguayo Arando
Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
- Por memorial presentado el 30 de abril de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 23 de abril de 2018 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Aduce que no hubo pronunciamiento alguno al agravio por la vulneración al principio de Concentración
- Denuncia que el Tribunal de alzada respecto al reclamo de que la Sentencia se basó
- La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado en relación al agravio de
- Denuncia, que el Auto de Vista recurrido incurrió en incongruencia omisiva en cuanto a que
- Aduce que el Tribunal de alzada respecto al reclamo de la errónea aplicación de la
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- La parte recurrente en el motivo primero, denuncia que el Auto de Vista impugnado carece
- Como segundo motivo, refiere que el Auto de Vista impugnado adolece de incongruencia omisiva, vulnerándose
- Denuncia como motivo tercero, que el Auto de Vista impugnado padece de incongruencia omisiva, ya
- En el cuarto motivo, aduce que en el Auto de Vista impugnado existe incongruencia, que
- En el quinto motivo, denuncia que en el Auto de Vista impugnado existe incongruencia, ya
- Como sexto motivo, refiere el recurrente que el Auto de Vista impugnado adolece de incongruencia
- En el séptimo motivo, denuncia que en el Auto de Vista impugnado existe incongruencia, por
- Al respecto, resulta objetivamente evidente, la falta de técnica recursiva atribuible al recurrente en la
- Ahora bien, en relación a los motivos primero, tercero, cuarto, quinto y séptimo esta Sala
- En cuanto se refiere al segundo motivo, se establece que la parte recurrente reclama la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
