Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
La recurrente denuncia falta de fundamentación en el Auto de Vista, así como errónea aplicación de la ley sustantiva en la calificación de los hechos en la Sentencia, señalando que en ésta hubo error en la apreciación de las pruebas, pues si bien sería cierto que el 19 de mayo de 2011, la impetrante agredió verbalmente al querellante, este aspecto no constituiría obstaculización de trabajo, pues el propio querellante y el Ministerio Público habrían manifestado que la recurrente “no quería pagar por el trabajo que efectuaba la peladora” por estar autorizada por todos los socios a pelar su arroz en el turno que le correspondía al querellante como lo venía haciendo desde hace años atrás, concluyendo por ello en la existencia de un error de hecho en la apreciación de las pruebas, debiendo el Tribunal de alzada haber “sopesado” la declaración del querellante y el trabajador del Ingenio Alberto Vaca Sem para darse cuenta que la Sentencia violentó la ley sustantiva, al no tomar en cuenta que los hechos se remontan a hace más de catorce años de actividad laboral de la recurrente en el Ingenio hasta el presente, correspondiendo al Tribunal de alzada revocar la Sentencia condenatoria y declararla absuelta de los cargos atribuidos, remitiendo al querellante al fuero civil para hacer valer sus derechos como lo hubiera hecho en un principio la autoridad fiscal al rechazar en una primera instancia la querella y luego sobreseer a la impetrante, para finalmente ser obligado a emitir requerimiento acusatorio
- Por memorial presentado el 29 de marzo de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Señala que el Auto de Vista impugnado revalorizó prueba y revisó los hechos establecidos en
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- De la revisión de antecedentes se tiene que, la recurrente en el otrosí segundo de
- Cuando la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación respecto
- Respecto al segundo motivo, denuncia que el Auto de Vista impugnado revalorizó prueba y revisó
- En el tercer motivo, la recurrente señala que no existió prueba plena de la comisión
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
