Auto Supremo AS/0639/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0639/2018-RA

Fecha: 07-Ago-2018

Regístrese, hágase saber y cúmplase


En este motivo, la recurrente en aplicación de los arts. 416 y 417 del CPP, desarrolla el agravio suficientemente invocando el precedente y la posible contradicción con el Auto de Vista impugnado, posibilitando a este Alto Tribunal de Justicia efectuar la labor de contraste en la resolución de fondo, resultando admisible el presente motivo.

Respecto a los Autos Supremos 284 de 13 de mayo de 2004, 287 de 13 de mayo de 2004, 329 de 28 de mayo de 2004 y 369 de 22 de junio de 2004 y la admisibilidad de los recursos de casación cuando se advierta vulneración del debido proceso y especialmente el derecho a la defensa, este Tribunal Supremo de Justicia considera innecesaria su consideración por las razones expuestas en el análisis precedentemente expuesto de los motivos del recurso de casación.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Beatriz Delgadillo Pérez, de fs. 669 a 678, únicamente para el análisis de los motivos segundo y tercero; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo. 

Regístrese, hágase saber y cúmplase