Auto Supremo AS/0639/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0639/2018-RA

Fecha: 07-Ago-2018

Respecto al segundo motivo, denuncia que el Auto de Vista impugnado revalorizó prueba y revisó


Respecto al segundo motivo, denuncia que el Auto de Vista impugnado revalorizó prueba y revisó los hechos establecidos en la Sentencia al referir que: “la presente acción penal se originó cuando el día 19 de mayo de 2011 la imputada Beatriz Delgadillo Pérez en forma arbitraria había ingresado al ingenio arrocero el paraíso S.R.L. y como si fuera propietaria para procesar el arroz de su propiedad sin pagar los costos de dicho trabajo y así ha continuado con esa práctica abusiva, luego entró una gran cantidad de arroz y ha obligado los trabajadores para que trabajen dicho producto, ordenando meter movilidades con la carga de arroz; por lo que el denunciante se opuso a que continúe con ese accionar pero la imputada lejos de hacer caso o entrar en razón, comenzó a agredirlos verbal y físicamente, lanzando piedras y objetos contundentes para persistir con ese accionar delictivo”, contradiciendo la doctrina legal establecida por los Autos Supremos 141 de 6 de junio de 2008, 160 de 2 de febrero de 2007, 73 de 10 de febrero de 2004, 104 de 20 de febrero de 2004, 654 de 25 de octubre de 2004 y 635 de 20 de octubre de 2004, referidos a la prohibición de los Tribunales de apelación de revisar cuestiones de hecho calificadas en Sentencia y de revalorizar prueba, debiendo circunscribirse a lo establecido por los arts. 413 y 414 del CPP; considerando por ello la recurrente que el Tribunal de apelación, al explicar los hechos ocurridos el 19 de mayo de 2011 en el Auto de Vista impugnado, le habría otorgado valor a las pruebas de cargo