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    Auto Supremo AS/0659/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0659/2018-RA

    Fecha: 14-Ago-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 18 de abril de 2018, cursante de fs
    • Por Sentencia 019/2016 de 29 de septiembre (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Juan Carlos Medrano Coronel interpuso recurso de apelación
    • Por diligencia de 11 de abril de 2018 (fs
    • El recurrente plantea como motivos de su recurso los siguientes
    • Cuestiona los argumentos vertidos en el Auto de Vista sobre la nota de “31 de
    • Alega que lo argumentado sobre ésta temática por el Tribunal de apelación apoyándose en el
    • Cuestiona que la valoración de la prueba PC-3 dentro del Auto de Vista, que sirvió
    • Alega que el “principio última ratio” ha sido vulnerado pues una obligación de tipo
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
    • En cuanto al primer motivo el recurrente denuncia actuación ultrapetita del Tribunal de apelación por
    • Sobre los motivos segundo y tercero, el recurso avoca su enfoque a la proposición de
    • En el cuarto motivo en el que denuncia vulneración al “principio última ratio” donde
    • Finalmente sobre las consideraciones en torno a la fijación de la pena en las que
    • La exigencia procesal referida al planteamiento del precedente contradictorio no es presente en lo absoluto
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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