De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 03/2017 de 23 de marzo (fs. 3787 a 3813), el Tribunal Primero de Sentencia Anticorrupción del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Pablo Andrés López Waismann, absuelto del delito de Violación de Infante, Niño, Niña o Adolescente previsto y sancionado por los arts. 308 bis y 310 del CP, sin costas.
Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares del Ministerio Público (fs. 3866 a 3876 vta.), la Defensoría de la Niñez y Adolescencia Especializada (fs. 3878 a 3883 vta.), y Lourdes Sanzetenea (fs. 3885 a 3888 vta.), respectivamente formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 38/2018 de 8 de mayo, emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró procedentes en parte las cuestiones planteadas en el primer recurso citado e inadmisibles las restantes apelaciones; en consecuencia, anuló la sentencia apelada disponiendo la reposición del juicio. Por Resolución de 23 de mayo de 2018 (fs. 4171 a 4174), fue rechazada la solicitud de Explicación, Complementación y Enmienda del imputado
- Por memorial presentado el 4 de junio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- iv) Vulneración de los arts
- Aduce la contradicción de la resolución recurrida con el Auto Supremo 214/2015-RRCL de 11 de
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión del memorial de casación, se verifica que en el primer motivo, el
- Con base a dichas denuncias el recurrente con relación a la primera problemática alega
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
