Por memorial presentado el 4 de junio de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 693/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: La Paz 74/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Pablo Andrés López Waismann
Delito: Violación de Infante, Niño, Niña o Adolescente
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de junio de 2018, cursante de fs. 4176 a 4198 vta., Pablo Andrés López Waismann, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 38/2018 de 8 de mayo de fs. 4152 a 4166, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Lourdes Sanzetenea Acebey y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia Especializada, contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Infante, Niño, Niña o Adolescente, previstos y sancionados por los arts. 308 bis y 310 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 693/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: La Paz 74/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Pablo Andrés López Waismann
Delito: Violación de Infante, Niño, Niña o Adolescente
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de junio de 2018, cursante de fs. 4176 a 4198 vta., Pablo Andrés López Waismann, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 38/2018 de 8 de mayo de fs. 4152 a 4166, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Lourdes Sanzetenea Acebey y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia Especializada, contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Infante, Niño, Niña o Adolescente, previstos y sancionados por los arts. 308 bis y 310 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 4 de junio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- iv) Vulneración de los arts
- Aduce la contradicción de la resolución recurrida con el Auto Supremo 214/2015-RRCL de 11 de
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión del memorial de casación, se verifica que en el primer motivo, el
- Con base a dichas denuncias el recurrente con relación a la primera problemática alega
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
