Auto Supremo AS/0700/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0700/2018-RA

Fecha: 17-Ago-2018

Ingresando al análisis formal de recurso de casación se evidencia que con relación a los


El recurrente como primer motivo, alega motivación enunciativa y omisión de pronunciamiento en el Auto de Vista con relación al agravio de apelación respecto a que la Sentencia introdujo hechos no contemplados en la acusación; ya que, en ninguna parte de la resolución se determina que el recurrente haya destruido el muro y sacado la puerta metálica como se afirma en Sentencia, señalando además de manera genérica al fundamento fáctico del juicio con base en elemento probatorio alguno, vulnerando el debido proceso (art. 115 de la CPE) por no ejercer la tutela judicial efectiva en el cumplimiento de los arts. 124 y 398 del CPP, en contravención al art. 342 del CPP, incurriendo en vulneración de la legalidad ordinaria e indebida motivación, concurriendo defectos absolutos de acuerdo al art. 169 inc. 3) del CPP. Invoca los Autos Supremos 431 de 15 de octubre de 2005, 411 de 20 de octubre de 2006, 06/2014 de 28 de febrero y 51/2013 de 1 de marzo, en calidad de precedentes contradictorios.

Ingresando al análisis formal de recurso de casación se evidencia que con relación a los Autos Supremos 431 de 15 de octubre de 2005, 411 de 20 de octubre de 2006, 06/2014 de 28 de febrero y 51/2013 de 1 de marzo, si bien son citados por el recurrente como precedentes, empero no señala contradicción alguna con el Auto de Vista, más allá de reiterar los fundamentos de la apelación y su relación con el Auto de Vista, no existiendo un nexo de causalidad argumentativa con los referidos precedentes, siendo que conforme al art. 417 del CPP, la contradicción debe señalarse en términos claros y precisos, lo que se extraña en el motivo sujeto a análisis, incumpliéndose el requisito formal de casación