Por memorial presentado el 22 de mayo de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 701/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: La Paz 77/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Buenaventura Hanco Zúñiga
Delito : Violación
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de mayo de 2018, cursante de fs. 1050 a 1053 vta., Buenaventura Hanco Zúñiga, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 15/2018 de 20 de febrero, de fs. 1031 a 1037, y el Auto Complementario de 3 de abril de 2018 (fs. 1044 y vta.), pronunciados por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de Mercedes Nery Molina Velazco contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación, previsto y sancionado por el art. 308 con la agravante del art. 310 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 701/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: La Paz 77/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Buenaventura Hanco Zúñiga
Delito : Violación
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de mayo de 2018, cursante de fs. 1050 a 1053 vta., Buenaventura Hanco Zúñiga, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 15/2018 de 20 de febrero, de fs. 1031 a 1037, y el Auto Complementario de 3 de abril de 2018 (fs. 1044 y vta.), pronunciados por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de Mercedes Nery Molina Velazco contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación, previsto y sancionado por el art. 308 con la agravante del art. 310 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 22 de mayo de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 15 de mayo de 2018 (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- Ahora bien, como primer motivo se aduce la inobservancia o errónea aplicación de la Ley
- Con relación al segundo motivo denuncia la existencia de error en la sanción penal, argumentando
- En cuanto al tercer motivo, se acusa la falta de fundamentación del Auto de Vista
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
