De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia S-141/2015 de 3 de agosto (fs. 261 a 266 vta.), el Tribunal Cuarto de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Víctor Flores Tapia, Lili Eugenia Huanca Mamani, Abel Juan Huanca Mamani y Martina Ramírez Quispe de Huanca, autores y culpables de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, más cien días multa a razón de Bs. 20.- por día, más el pago de costas y el resarcimiento del daño civil a favor del Estado y la parte querellante, averiguable en ejecución de sentencia
- Por memoriales presentados el 11 de enero de 2017, Abel Juan Huanca Mamani y Martina
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 5 de enero de 2017 (fs
- Poniendo como antecedentes el agravio planteado en apelación restringida relativo al defecto de sentencia descrito
- Teniendo como referencia el segundo agravio del recurso de apelación restringida vinculado al defecto de
- Los recurrentes manifiestan que pese a la denuncia realizada en apelación restringida por infracción al
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En cuanto al requisito plazo: Abel Juan Huanca Mamani y Martina Ramírez de Huanca fueron
- Por su naturaleza jurídica y su condición de recurso extraordinario, casación exige claridad en su
- El derecho a recurrir no debe desvincularse del marco legal que por especialidad rige cada
- Con tal preámbulo, la Sala Penal considera que el recurso de casación que motiva autos,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
