Por diligencia de 5 de enero de 2017 (fs
Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Alberto Callisaya Reynaga (fs. 270 a 275), y los imputados Abel Juan Huanca Mamani y Martina Ramírez de Huanca (fs. 313 a 316); y, Víctor Flores Tapia y Lili Eugenia Huanca Mamani (fs. 318 a 319), opusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 93/2016 de 12 de julio, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró “admisible los recursos de apelación restringida interpuesta por la parte acusada a fs. 313 a 316 y fs. 318 a 319 de obrados, por haber sido presentados dentro del plazo previsto por ley, improcedentes las cuestiones planteadas, en cuya virtud se confirma la sentencia S- 141/2015” (sic)
Por diligencia de 5 de enero de 2017 (fs. 341), Abel Juan Huanca Mamani y Martina Ramírez de Huanca fueron notificados con el Auto de Vista impugnado, presentado su recurso de casación el 11 de enero de 2017; y, para el caso de Víctor Flores Tapia y Lili Eugenia Huanca Mamani, fueron notificados con la Resolución recurrida el 31 de marzo de 2017 (fs. 359), interponiendo su recurso de casación el 7 de abril de 2017, que son objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memoriales presentados el 11 de enero de 2017, Abel Juan Huanca Mamani y Martina
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 5 de enero de 2017 (fs
- Poniendo como antecedentes el agravio planteado en apelación restringida relativo al defecto de sentencia descrito
- Teniendo como referencia el segundo agravio del recurso de apelación restringida vinculado al defecto de
- Los recurrentes manifiestan que pese a la denuncia realizada en apelación restringida por infracción al
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En cuanto al requisito plazo: Abel Juan Huanca Mamani y Martina Ramírez de Huanca fueron
- Por su naturaleza jurídica y su condición de recurso extraordinario, casación exige claridad en su
- El derecho a recurrir no debe desvincularse del marco legal que por especialidad rige cada
- Con tal preámbulo, la Sala Penal considera que el recurso de casación que motiva autos,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
