Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a formular una simple denuncia de actividad procesal defectuosa sin la debida fundamentación; por el contrario, en este tipo de situaciones, la parte recurrente deberá formular las denuncias vinculadas a la existencia de defectos absolutos, teniendo la obligación de cumplir con las siguientes exigencias: i) Proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso; ii) Precisar el derecho o garantía constitucional vulnerado o restringido; iii) Detallar con precisión en qué consistente la restricción o disminución del derecho o garantía; y, iv) Explicar el resultado dañoso emergente del defecto
- Por memorial presentado el 9 de julio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el encausado Víctor Hugo Ríos Contreras, formuló recurso de apelación restringida
- Por diligencia de 2 de julio de 2018, (fs
- Con el argumento de haber protestado en su recurso de apelación restringida invocar precedente contradictorio,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista ahora
- El recurrente mediante Sentencia 9/2017 de 27 de junio fue declarado autor del delito de
- Mediante recurso de apelación restringida, el recurrente impugnó la Sentencia condenatoria con el argumento de
- Contra el referido Auto de Vista, el ahora recurrente planteó el presente recurso de casación
- Al respecto, el recurrente explica suficientemente el agravio en el que hubiera incurrido el Auto
- En este motivo, si bien se hace referencia a los requisitos que no se hubieran
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
