Auto Supremo AS/0745/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0745/2018-RA

Fecha: 17-Ago-2018

En lo pertinente a los motivos tercero, cuarto, quinto y sexto, cuya base fáctica y


En lo pertinente a los motivos tercero, cuarto, quinto y sexto, cuya base fáctica y jurídica fue expuesta precedentemente, esta Sala Penal percibe una constante en su exposición, que es el incumplimiento de los requisitos procesales de los arts. 416 y siguientes del CPP, ya que si bien se enuncia varios Autos Supremos, su sola cita a fines del recurso de casación es insuficiente, por cuanto el art. 416 y ss. del CPP, obliga al que recurre en esta vía, argumentar una situación de hecho similar a partir de la contradicción existente entre un fallo emitido con anterioridad al impugnado. BRINKS Bolivia a través de su apoderada, plantea en los motivos antes referidos, una serie de afirmaciones relacionadas a la Sentencia y sus propias percepciones sobre circunstancias del proceso, una indebida labor del Tribunal de apelación, empero a continuación no realiza esfuerzo alguno para señalar cuál fuese la situación de hecho similar que vincule a los Autos Supremos que cita en su recurso con el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista recurrido, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance; es más, conforme el texto del memorial, la transcripción de un fragmento de un determinado Auto Supremo va seguida de una afirmación taxativa de incumplimiento de parte del Auto de Vista impugnado, situación que como se tiene dicho no da abasto al cumplimiento suficiente de la exigencia procesal referida; deviniendo por ende los motivos expuestos –tercero, cuarto quinto y sexto-, en inadmisibles