III
III. ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DE LA EXCEPCION OPUESTA
III.1.De la competencia de este Tribunal para resolver cuestiones incidentales referidas a la extinción de la acción penal
- Por memorial presentado el 4 de abril de 2018, cursante de fs
- Expresando que habiendo opuesto recurso de casación contra el Auto de Vista de 1 de
- Alega que a partir de la pena de 6 (seis) meses a 3 (tres) años,
- Considera que debe tenerse presente el tiempo transcurrido entre el hecho (25 de diciembre de
- Finalmente, como apoyo a su pretensión ofreció en calidad de prueba documentos que estarían cursantes
- I.1. Petitorio
- Dispuesto el trámite por Decreto de 2 de mayo de 2018, se dispuso el traslado
- III
- En el caso de autos, se advierte que como emergencia de la formulación de recurso
- La acción penal es la potestad jurídica que el Estado delega en una institución en
- Por la esencia misma del ordenamiento penal, la prescripción opera de manera coactiva, imponiendo a
- Ante el poder del Estado de aplicar la ley y perseguir el delito, surge también
- La regulación sobre la persecución del delito y ejercicio de la acción penal es un
- Debe agregarse, que el art
- III.3. Análisis del caso concreto
- En el caso de autos, se evidencia que el excepcionista Juan Carlos Cochamanidis Canelas, a
- Sin embargo, el excepcionista en su planteamiento no toma en cuenta que en el ordenamiento
- En ese ámbito, se advierte que el excepcionista se limita a sostener que en el
- Por lo expuesto, al no existir una fundamentación coherente con la solicitud de prescripción de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
- En observancia a la Sentencia Constitucional 1061/2015-S2 de 26 de octubre, se advierte a las partes
- Notifíquese a las partes conforme al art. 163 del CPP
- Regístrese y cúmplase y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
