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    Auto Supremo AS/0782/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0782/2018-RRC

    Fecha: 30-Ago-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 19 de diciembre de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 31/2016 de 12 de septiembre (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jorge Daniel Crispín Quiñones (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 028/2018-RA de 1 de febrero, se
    • El recurrente, manifiesta también que el Auto de Vista convalidó la errónea aplicación del art
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita que se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado a efecto
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
    • II.2. Del recurso de apelación restringida
    • Contra dicha Sentencia el imputado, interpuso recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos
    • Por otro lado, también denuncia el defecto de la Sentencia previsto en el art
    • Señala que la Sentencia se basa en hechos inexistentes y no acreditados y en la
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de
    • Con relación a la falta de fundamentación de la Sentencia, porque la misma fuera insuficiente
    • Respecto del tercer motivo en el que se denuncia la existencia del defecto comprendido en
    • En el recurso de casación plateado se denuncia que el Auto de Vista, convalidó la
    • III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
    • Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Respecto del segundo motivo y único admitido en la presente casusa, en el que el
    • A los fines de realizar el análisis del supuesto contradictorio señalado por el recurrente, cabe
    • Al respecto, sobre el supuesto explicado en el párrafo anterior; es decir, que cuando ante
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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