A los fines de realizar el análisis del supuesto contradictorio señalado por el recurrente, cabe
A los fines de realizar el análisis del supuesto contradictorio señalado por el recurrente, cabe recordar lo manifestado en el punto III.1. de la presente resolución que establece que se entenderá que existe contradicción, cuando ante una situación de hecho similar, el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista recurrido no coincida con el del precedente sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance. Al respecto, como ya se dijo, este Tribunal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de diciembre, estableció: “Cuando la norma se refiere a una situación de hecho similar, considera esta Sala que el legislador se refiere a supuestos fácticos análogos, siendo necesario precisar que en materia sustantiva el supuesto fáctico análogo exige que el hecho analizado sea similar; en cambio, en material procesal el supuesto fáctico análogo se refiere a una problemática procesal similar”
- Por memorial presentado el 19 de diciembre de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 31/2016 de 12 de septiembre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jorge Daniel Crispín Quiñones (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 028/2018-RA de 1 de febrero, se
- El recurrente, manifiesta también que el Auto de Vista convalidó la errónea aplicación del art
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita que se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado a efecto
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- Contra dicha Sentencia el imputado, interpuso recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos
- Por otro lado, también denuncia el defecto de la Sentencia previsto en el art
- Señala que la Sentencia se basa en hechos inexistentes y no acreditados y en la
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de
- Con relación a la falta de fundamentación de la Sentencia, porque la misma fuera insuficiente
- Respecto del tercer motivo en el que se denuncia la existencia del defecto comprendido en
- En el recurso de casación plateado se denuncia que el Auto de Vista, convalidó la
- III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
- Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto del segundo motivo y único admitido en la presente casusa, en el que el
- A los fines de realizar el análisis del supuesto contradictorio señalado por el recurrente, cabe
- Al respecto, sobre el supuesto explicado en el párrafo anterior; es decir, que cuando ante
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
