Auto Supremo AS/0804/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0804/2018

Fecha: 29-Ago-2018

La cita de antecedentes advierte que interpusieron dos recursos de apelación por separado contra la

La cita de antecedentes advierte que interpusieron dos recursos de apelación por separado contra la sentencia, uno de fs. 309 a 311 vta., y el segundo de fs. 327 a 329 vta., pero el Auto de Vista de forma omisiva, incumpliendo su deber de pronunciarse sobre ambos medios de impugnación, simplemente analizó el segundo desoyendo los fundamentos que sustentan el otro medio de impugnación (fs. 309 y 311 vta.), lo cual implica una vulneración al principio de impugnación delineado en el punto III.2 de la doctrina aplicable al caso, debido a que ese principio a la doble instancia, no solamente se materializa con la presentación del recurso sino que se perfecciona con una respuesta acorde a los cuestionamientos planteados; sobre todo si el recurso de apelación es considerado como el más importante y usual de los recursos ordinarios, por ser el remedio procesal a través del cual se pretende que un Tribunal jerárquicamente superior, revoque o modifique una resolución judicial que se estima errónea, empero cuando el Tribunal de apelación en pleno desconocimiento de su competencia, como en el sub lite omite, considerar íntegramente el recurso interpuesto nos encontramos ante una franca vulneración de la normativa contenida en el art. 180 de la CPE y art. 265.I del Código Procesal Civil, es decir se quebranta los principios de congruencia o pertinencia y de impugnación