Auto Supremo AS/0817/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0817/2018-RI

Fecha: 31-Ago-2018

El Auto Supremo Nro

El Auto Supremo Nro. 1313/2016 de fecha 15 de noviembre sobre el tema señala que el art. 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil, de manera taxativa exige que el recurrente debe cumplir en expresar “…con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos. Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores, ni suplirse posteriormente”