-La Escritura Publica N° 158/2005 de 19 de julio, no establece tal ubicación, más aun
-La Escritura Publica N° 158/2005 de 19 de julio, no establece tal ubicación, más aun cuando el vendedor del demandante sería propietario de una superficie de 2.735 Mts.2, de la cual desprenden los 200 Mts.2, del actor
- Proceso: Mejor Derecho de Propiedad y otros
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que fue apelada por Nany Luci Limachi Dorado, mediante el escrito
- Esta resolución fue impugnada mediante el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
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- -La Escritura Publica N° 158/2005 de 19 de julio, no establece tal ubicación, más aun
- -Al practicarse la primera inspección ocular cuya acta cursa de fs
- En base a lo expresado, solicita se case el auto de vista recurrido declarando improbada
- II.2. Recurso de Casación de Nany Luci Limachi Dorado
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- En ese marco solicita se declare improcedente el recurso de casación interpuesto por la parte
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- CONSIDERANDO III
- Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- Del lineamiento Jurisprudencial extractado se puede establecer que este Tribunal bajo un criterio de logicidad
- Es por dicho motivo que al momento de analizarse una nulidad por incongruencia, se deberá
- El entendimiento expuesto supra como se dijo, resulta aplicable al tema de la incongruencia omisiva
- III.2. Del Principio de per saltum
- CONSIDERANDO IV
- Sobre este extremo, de la lectura del fallo recurrido, se puede advertir que evidentemente el
- En ese orden de ideas, se tiene que los argumentos formulados en el recurso de
- Se regula honorarios para el abogado que responde a los recursos de casación en la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizu.
