Auto Supremo AS/0823/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0823/2018

Fecha: 31-Ago-2018

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3.Refiere que los recurrentes no especifican de manera concreta que disposiciones legales sustantivas o adjetivas se infringieron por el Tribunal Ad-quem y en que consiste la violación, falsedad o error, es decir que no cumplen con lo establecido por el art. 274 num. 2) y 3) del Código Procesal Civil, por lo que ese contexto causaría la improcedencia del recurso de casación de los contrarios.
4.Sostiene que, cuando se acusa error de hecho o error de derecho en la apreciación de la prueba, el recurrente debe demostrar con documentos idóneos o actos auténticos la equivocación manifiesta de la autoridad judicial, extremo que no acontecería en el presente caso porque los recurrentes no habrían adjuntado prueba que establezca algún derecho propietario a su favor