Auto Supremo AS/0825/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0825/2018

Fecha: 31-Ago-2018

De esta manera, se observa que el Tribunal de Alzada al realizar el computó para

Consiguientemente, y teniendo que la notificación se la realizó en fecha viernes 25 de noviembre de 2016 el plazo para interponer el recurso de apelación debió ser computado desde el día lunes 28 de noviembre de 2016 por ser el primer día hábil, hasta el día 06 de enero de 2017, excluyendo de dicho computo los días sábados, domingos, las vacaciones judiciales, así como el feriado de 02 de enero de 2017, que acaeció un día lunes, convirtiendo dicho día en inhábil.
De esta manera, se observa que el Tribunal de Alzada al realizar el computó para interponer el recurso de apelación, incurrió en equivocación, pues omitió excluir del cómputo del plazo de los diez días, el feriado del 02 de enero que se trasladó del 01 de enero de 2017 por caer este en día domingo, conforme lo referido por la parte recurrente, siendo que a momento de ser presentado el recurso de apelación por la parte demandada (conforme el sello de cargo de Juzgado realizado en fecha 06 de enero de 2017), éste se encontraba dentro de plazo, correspondiendo que el Tribunal de alzada considere los reclamos que dicho recurso de apelación contiene, con la finalidad de no causar indefensión a la parte demandada (apelante)