Por lo que solicita no se de curso al recurso de casación contra el Auto
Alega que los recurrentes pretenden ocultar que el asegurado dio información falsa a momento de responder al cuestionario que realiza la entidad aseguradora, asimismo manifiesta que los recurrentes se limitan a indicar que los juzgadores no valoraron correctamente la prueba y se realizó una mala interpretación de la norma, empero del análisis que realiza el Auto de Vista se tiene que es sumamente claro y preciso al indicar que el seguro de desgravamen no puede ser reclamado, porque el asegurado miente y omite situaciones relacionadas a su estado de salud a momento de contestar el cuestionario que le permitía al seguro de desgravamen, aspecto que se encuentra prevista en el contrato de desgravamen y es una causal de exclusión del beneficio.
Por lo que solicita no se de curso al recurso de casación contra el Auto de Vista
Por lo que solicita no se de curso al recurso de casación contra el Auto de Vista
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 2
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- Por lo que solicita se emita un Auto Supremo que case el Auto de Vista
- De la Respuesta al Recurso de Casación
- Por lo que solicita no se de curso al recurso de casación contra el Auto
- CONSIDERANDO III
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En este marco este Supremo Tribunal a través de diversos fallos entre ellos el
- Expuestos como están los fundamentos doctrinales que sustentan la presente resolución, a continuación corresponde considerar
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- En ese contexto se tiene que la parte recurrente no demostró con prueba fehaciente
- Con relación a la respuesta del recurso de casación, nos ratificamos in extenso en lo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
