Del análisis del fundamento contenido en el recurso de nulidad o casación, a efectos de
Del análisis del fundamento contenido en el recurso de nulidad o casación, a efectos de su consideración, se evidencia que de manera genérica la parte recurrente, solo menciona que la citación practicada por cédula, no cumple con lo establecido por el art. 121 del Código de Procedimiento Civil, vigente en esa oportunidad y aplicable por mandato del art. 252 del Código Procesal Civil, pero no identifica de forma precisa, qué presupuesto o requisito de la citación no fue cumplido, a más de representar que el defensor de oficio no cumplió sus funciones a cabalidad, para asumir su defensa; aspecto que no se ajusta a la naturaleza o fundamento del vició de nulidad alegado inicialmente, respecto a la nulidad de citación con la demanda; sin embargo a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 106 parág. I del Código Procesal Civil, en el análisis de los antecedentes y actuados procesales, de acuerdo a lo representado por la parte recurrente, en la identificación de vicio procesal absoluto alegado; debiendo tenerse presente, que a efectos de la aplicación supletoria de las normas procesales civiles, se regula específicamente por las disposiciones propias del Código Procesal del Trabajo, conforme lo exponen quienes dictaron la resolución recurrida, sin embargo el artículo 76 del CPT referido norma sobre el caso de un ocultamiento malicioso, preveyendo sin embargo la posibilidad de la citación mediante cédula, norma que la parte recurrente, no acusa como incumplida o conculcada; correspondiendo entrar a considerar respecto al presunto incumplimiento del art. 121 del Código de Procedimiento Civil, vigente a momento de practicarse la diligencia de citación, aplicable supletoriamente por disposición del art. 252 del CPT
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