Previa la consideración de lo fundamentado por la parte recurrente, se debe observar que el
Previa la consideración de lo fundamentado por la parte recurrente, se debe observar que el recurso de casación o nulidad, es un medio extraordinario de impugnación, que se asemeja a un juicio de puro derecho, mediante el cual se impugna la correcta aplicación, al caso concreto de normas sustantivas o la idónea interpretación y aplicación de los procedimientos previstos en las normas adjetivas, vía casación en el fondo o en la forma, según corresponda; que en el caso concreto y previa revisión del mismo, congruente con el auto admisorio se trata de un recurso de casación o nulidad en la forma, ratificado por el petitorio del recurrente que pide se deje sin efecto el Auto de Vista, anulando obrados hasta su legal citación
- Tramitado el proceso de referencia, la Juez de Partido Séptimo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación interpuesta por MONGOS SRL
- El referido Auto de Vista, motivó a la parte demandada MONGOS SRL
- Concluyó solicitando se conceda el recurso dejando sin efecto el auto de vista recurrido
- Por memorial de fs
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Con relación al único punto del recurso de nulidad o casación, que se vulneró el
- Previa la consideración de lo fundamentado por la parte recurrente, se debe observar que el
- Del análisis del fundamento contenido en el recurso de nulidad o casación, a efectos de
- Con ese fin, de la revisión de los actuados pertinentes, se evidencia que en el
- En cuanto, a que se le haya nombrado defensor de oficio, aspecto no contemplado ni
- De acuerdo a estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
