Auto Supremo AS/0500/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0500/2018

Fecha: 21-Sep-2018

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2.- Asimismo alega el recurrente, que el art. 5 de la Ley No. 2042, claramente establece que: “Las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados”; es decir que la ley está prohibiendo gastos fuera de lo presupuestado, y al disponer en la resolución recurrida la cancelación de beneficios sociales, han desconocido totalmente estos artículos de la Ley No. 2042; expresando que el demandante está dentro del ámbito laboral, violando de igual manera los arts. 4 y 6 de la Ley No. 2027, dando como resultado, realizar el pago de beneficios sociales, y caer en responsabilidades administrativas y penales