Auto Supremo AS/0500/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0500/2018

Fecha: 21-Sep-2018

No obstante lo aseverado, se tiene que al momento que la actora ingresa a prestar

No obstante lo aseverado, se tiene que al momento que la actora ingresa a prestar funciones al Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, se encontraba en plena vigencia la Ley Nº 321, que incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo a los trabajadores municipales que prestaran servicios manuales o técnico operativo administrativo, conforme dispone el art. 1 de la Ley Nº 321, a partir de fecha 18 de diciembre de 2012 –promulgación-, terminando su relación laboral en diciembre de 2015, es decir que la parte actora gozaba de todos los derechos y beneficios sociales que reconoce la Ley General del Trabajo y sus disposiciones complementarias a su favor, por haber ingresado a prestar funciones en vigencia de la Ley Nº 321