Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Thomas Michael
Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Thomas Michael Keirnan Gutiérrez, y tramitado el proceso, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 36 de 12 de agosto de 2016, de fs. 245 a 247, declarando probado el derecho demandado, con costas; determinándose que la empresa GALLARDO INVESTMENTS S.R.L., pague a favor del actor, la suma de Bs.31.502,62.- (treinta y un mil quinientos dos 62/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales y derechos laborales detallados en la Sentencia, incluida la multa del 30% señalada en el art. 9 del D.S. 28699 de 1 de mayo de 2006
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Thomas Michael
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, GALLARDO INVESTMENTS S
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la empresa PETROSUR S
- En el recurso de apelación, que se interpuso contra la sentencia de primera instancia, se
- Omitiéndose resolver los aspectos expresamente reclamados como agravios, al no pronunciarse el Tribunal de alzada,
- En el fondo
- 1
- 2
- Petitorio
- Solicita que, al haberse cometido en el Auto de Vista recurrido, errores in procedendo e
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en la forma, es necesario realizar las
- El art
- Es innegable que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber jurídico, consagrado constitucionalmente
- En ese orden de ideas, la motivación de las resoluciones judiciales se constituye en un
- El Tribunal ad quem, como respuesta a uno de los agravios plasmados en el recurso
- Al respecto, la SCP 0115/2014 de 10 de enero, determinó: “De forma coherente con la
- No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
